Nueva
regulación en facturación
electrónica

Asegurar la recepción de la factura electrónica es su responsabilidad. Recuerde que, en caso de no recibirla, puede consultarla en nuestro portal de factura electrónica https://isagen.efacturacadena.com/ con su usuario y contraseña registrados.

El pasado 5 de mayo, la DIAN expidió la Resolución 042 para reglamentar de nuevo los asuntos relacionados con la facturación electrónica y otras disposiciones en materia de sistemas de facturación.

De esta nueva resolución queremos resaltar dos puntos que consideramos que tienen impacto en la adecuada recepción de las facturas:

La factura que emite ISAGEN es enviada desde el dominio @facturacionelectronica.com. Por eso es muy importante que en sus empresas inscriban en la lista blanca de correos este dominio, permitiendo así que sus servidores acepten los correos y que continúen recibiendo la factura electrónica de ISAGEN.

La Resolución 042 reglamentó que tanto el archivo tipo XML (Attached document), como la representación gráfica de la factura, deben ser enviados en archivos comprimidos tipo .ZIP. Si su empresa no tiene habilitada la recepción de archivos con esta extensión, sus servidores van a rechazar los correos con estos adjuntos o van a impedir la apertura del anexo dentro del correo.

Es importante tener presente que, en caso de que el correo con la facturación electrónica no sea recibido o tenga dificultades para abrir los archivos comprimidos .ZIP siempre podrá consultar y descargar nuestras facturas y sus anexos en nuestro portal web de factura electrónica https://isagen.efacturacadena.com/ utilizando el usuario y contraseña asignado una vez usted lo haya solicitado a través de su ejecutivo de atención. Para recuperar su contraseña en caso necesario, siga los pasos dispuestos en el portal. Por último, recuerde que en nuestra aplicación móvil Conexión-e, usted también puede consultar su historial de facturas.